Delegación de organizaciones pide absolución al dirigente sindical y popular Orlando Barrantes, ante Embajadora de Costa Rica en Panamá.

Una delegación de la Asociación de Empleados de la Caja de Seguro Social – AECSS -, Propuesta Socialista UIT-CI, Polo Ciudadano, Movimiento al Socialismo e independientes, se apersonó a la Embajada de Costa Rica en Panamá, para solicitar la absolución de Orlando Barrantes.

La nota (ADJUNTA) dirigida a la Doctora Ingrid Picado Monge, Embajadora de la República de Costa Rica, destaca que

“El compañero Orlando, ha sido sometido a un proceso de persecución judicial y evidentemente político durante más de 22 años. Ha sido enjuiciado ocho veces por la misma causa, siendo un caso que atenta contra las normas elementales de derechos humanos.”

“Destacamos – señala la Nota- al respecto el Artículo 8 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, del cual extraemos lo siguiente :

” Artículo 8. Garantías Judiciales

1. Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.

2. Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad. Durante el proceso, toda persona tiene derecho, en plena igualdad, a… garantías mínimas:

4. El inculpado absuelto por una sentencia firme no podrá ser sometido a nuevo juicio por los mismos hechos.”

Finalmente señala la Carta:

” Quiénes firmamos esta nota, resaltamos que con el caso del compañero Orlando Barrantes se criminaliza la protesta. Protestar no es un delito, es un derecho humano reconocido mundialmente.

Por lo anterior, solicitamos a Usted, Señora Embajadora, haga llegar esta nota al Ministerio Público de la hermana República de Costa Rica, ya que un octavo juicio es contrario a normas de derechos humanos elementales”.

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