Por Ramiro Guerra M. Abogado y cientista político. El derecho a organizarse en sindicatos, fue obra de la lucha de los obreros. Nada ha sido regalado. Doctrinante en derecho laboral y sindical, señalan que la fuente real de la normativa de trabajo, se ubican en los los centros de trabajo donde se aglutiban cientos de obreros, siglo XIX, donde los conflictos de trabajo, de lo individual pasarón a ser de naturaleza colectiva. En consecuencia el verdadero origen de las primeras normativas , tienen su origen y referencia en esos conflictos de trabajo. Ello incluye la negociación colectiva. Historicamente, el conflicto de trabajo se planteaba de manera abierta y frontal. Después se entraba a dialogar. Valga el introito, para subrayar, que hoy, la lucha para hacer valer el derecho a organizarse en sindicatos, de hecho encuentra obstáculos. A pesar de la constitución y las leyes y los convenios de la OIT. En muchos paises, empleadores , se resisten y niegan aceptar sindicatos en sus empresas. Panama, no escapa a esa realidad. Sobre todos en actividades relacionadas con el sector comercial y financiero. El código de trabajo le ofrece recursos legales, para políticas antisindicales, verbigracia el artículo 212 del código de trabajo. Constituye una espada de dámocles, para ejercer presión sobre los trabajadores para evitar ejercer su derecho a hacer o afiliarse a un sindicato.Tenemos un código de trabajo, tal como lo escribiera el Dr. Carlos Ivan Zuñiga, que contiene mas de 45 causales de despidos. Ademas, la reforma que abarató los costos del despidos( indemnización y salarios caidos) constituyen herramientas para facilitar el despido unilateral. La lógica, dice el empleador, prefiero pagar y asumir los costos del despidos que tener un sindicalista. Ultimamente, se ha venido entronizando la práctica del mutuo simulado de consentimiento o sencillamente lo acepta .Lo grave de esto, los juzgados de trabajo, son dados a no aceptar la nulidad de un mutuo, a pesar de que pudo haber mediado vicio de la voluntad. En el sector comercial y financiero, hablar de sindicatos, es una heregía y se paga caro con el despido. El estado panameño , a mi juicio no es un consecuente tutelador del derecho sindical. Por lo anterior señalo, que en pleno siglo XXI, la lucha por el pleno ejercicio a la libertad sindical, continua como asignatura de lucha.
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