Opinión dominical

El proyecto 245 mencionado en el comunicado del MP sobre las coimas de Odebrecht ha desatado toda suerte de opiniones desde aquellos que lo ven como talismán hasta otros que lo vaticinan como la salida borrascosa que terminaría de hundir el sistema procesal penal.

Expongo mi opinión.

No olvidemos que en Panamá subsisten sistemas procesales para la investigación de los delitos y el descubrimiento de sus autores o cómplices.

En el Sistema Procesal Inquisitivo no existe el Acuerdo Penal. Se establecen reglas para la Colaboración Penal del indagado. Si el indagado colabora revelando la identidad de los autores, cómplices encubridores puede beneficiarse con una medida cautelar distinta a la detención preventiva y en el juicio propiamente tendría derecho a una rebaja de la pena.

En el Sistema Procesal Acusatorio (el SPA) se establecen los Acuerdos Penales y la Colaboración Penal.

La experiencia que puede recogerse a la fecha sobre el SPA es que han habido abundantes Acuerdos y casi nula Colaboración.

En la Colaboración Penal el imputado debe aportar detalles para esclarecer el delito, para evitar que el delito continúe, para prevenir la comisión de otros delitos o dar información esencial para descubrir a los autores o cómplices. En este supuesto puede convenirse con el colaborador en una rebaja de pena o en la no formulación de cargos en su contra con el consiguiente archivo de la causa. Si el imputado-colaborador debe asistir como testigo de cargo en contra de los autores o cómplices relevados por él, el expediente se archiva a favor del colaborador si comparece como testigo. En caso contrario se le seguirá la causa penal.

Sépase que el proyecto 245 COPIA el artículo SPA.

Dicho lo que antecede no debe perderse de vista que los Acuerdos Penales y la Colaboración eficaz es un instrumento idóneo y necesario en la persecución del crimen organizado o de causas penales absolutamente complejas.

En el comunicado del MP de 13 de los corrientes no se habla de Acuerdos Penales. Se dice que la empresa corruptora ha manifestado su “deseo de colaborar eficazmente ” con las investigaciones en turno.

Las criticas al proyecto debieran centrarse a la posibilidad de Colaboración Penal por parte de ejecutivos de ODEBRECHT porque esa colaboración, como se prevé en el SPA copiado en el proyecto 245, puede conllevar la no formulación de cargos y el archivo del expediente para el colaborador, con lo que salta a la vista una previsible impunidad.

Antes de que el proyecto se convierta en Ley y sabiendo que el Presidente ya lo bendijo debieran considerarse algunos ángulos que a mi juicio, salvo otros, serian:

1. La redacción del proyecto, como existe en el SPA, es insuficientes y deficitaria habida cuenta que en el Sistema Inquisitivo la colaboración no fue eficaz y en el SPA ha resultado en un nivel de inexistencia. Es más que necesario afinar el lápiz porque de lo contrario quedarían puertas para el conocido espectáculo del famoso y carnavalesco juega vivo del que padecemos desde siempre.

2. El Acuerdo o la Colaboración, en todos o en este caso, debiera quedar sujeto a la homologación de una instancia superior al Juez de la causa o al juez de garantía en Brasil, que sepamos, la “delación premiada” de Marcelo Odebrecht y otros, aún esta pendiente de la aprobación del Supremo Tribunal Federal pese a que se delataron a no menos de 130 individuos entre diputados y senadores, ministros de Estado, gobernadores y personales destacados de 3 gobiernos (Cardozo, Da Silva y Vilma) incluyendo al actual presidente Temer.

3. Para que la Colaboración Penal sea eficaz el colaborador debiera o no estar sujeto a una medida cautelar grave en atención a las circunstancias de su colaboración?. Marcelo Odebrecht, cuando firmo la colaboración, ya estaba detenido y condenado desde junio de 2015.

4. En el SPA y, por tanto, tampoco en el proyecto 245 se le garantiza a la víctima (denunciante o querellante) el derecho a ser oído antes de la firma del Acuerdo o la Colaboración pese a la vigencia de una Ley de protección a las víctimas que si se aplica en el sistema procesal inquisitivo.

Siendo, pues, que el proyecto 245 fue desenterrado en el comunicado del MP, deben estar pendientes muchos días y noches y tela para cortar a fin de curarnos de aquello que dijera el poeta italiano Metastasio, Siglo 18, de que idénticos delitos tienen diversas consecuencias: a uno los hacen reyes y a otros los llevan a la horca.

Por: Lic. Víctor Collado

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