GUPC deberá devolver $847.6 millones al Canal por Gustavo A. Aparicio O.

Tomado de La Estrella de Panamá
El Consorcio Grupo Unidos por el Canal, S.A. (GUPC), contratista para el diseño y construcción del tercer juego de esclusas de la ampliación del Canal de Panamá, deberá devolver a la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) $847.6 millones correspondientes a adelantos realizados para la construcción de la obra.
En un comunicado de la ACP se indica que este total a devolver es producto de los adelantos iniciales, los cuales ascienden a $547.9 millones y, los adelantos adicionales por $299.6 millones.
El pago que deberá realizar GUPC es el resultado de un laudo arbitral favorable para la ACP, emitido tras un arbitraje que se llevó a cabo conforme al Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI), con sede en Miami, Estados Unidos.
Mediante este arbitraje interpuesto por GUPC, el consorcio y sus accionistas solicitaron al Tribunal Arbitral que declarara que los adelantos otorgados por la ACP para la ejecución del contrato no habían vencido, con lo cual no eran líquidos ni exigibles hasta que la totalidad de sus reclamos fuesen resueltos en arbitraje.
Tras esta decisión, la ACP, de acuerdo con el comunicado emitido, queda autorizada para cobrar de manera inmediata la garantía emitida por UniCredit AG, sucursal de Londres, por el monto de $13.1 millones para garantizar el pago de los intereses generados desde la fecha de vencimiento de los adelantos iniciales hasta el 16 de diciembre de 2018.
Se destaca además que la Autoridad del Canal de Panamá no estaba autorizada para retener montos pagaderos a GUPC relacionados con los servicios de mantenimiento, con lo cual deberá devolverle a GUPC dichos montos.
También Grupo Unidos por el Canal, S.A. Sacyr S.A., Salini-Impregilo S.p.A., Jan De Nul N.V., Constructora Urbana S.A., y Sofidra S.A. deberán reembolsar a la Autoridad del Canal de Panamá la cantidad de $395,000 en concepto de costas y gastos de los miembros del tribunal y gastos administrativos de la Corte Internacional de Arbitraje de la CCI.
De igual manera, Grupo Unidos por el Canal S.A. Sacyr S.A., Salini-Impregilo S.p.A., Jan De Nul N.V., Constructora Urbana S.A. y Sofidra S.A. deberán pagar a la Autoridad del Canal de Panamá el monto de $5.4 millones como contribución a las costas legales y demás gastos incurridos por la ACP en relación con el arbitraje.
Todas las demás solicitudes de resarcimiento requeridas por GUPC fueron denegadas.
En consecuencia, señala el comunicado de la entidad canalera, la ACP continuará ejerciendo todas las acciones que en derecho le asisten para el cobro inmediato de dichos adelantos que se encuentran pendientes de pago y que se encuentran debidamente garantizados por cartas de créditos y garantías corporativas.

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