Del “Derecho de intervención de EE.UU. en el canal: del tratado de 1936 al 9 de enero de 1964

El 9 de enero de 1964, el ejército de EEUU reprimió una manifestación pacífica de estudiantes panameños dejando 24 muertos y 500 heridos.

Estimados amigos  y compañeras: El pasado 9 de enero escribimos este artículo que patentiza la inexistencia de derecho alguno de EUA para masacrar a la manifestación pacífica de estudiantes y al indefenso pueblo panameño

 Julio Yao

Analista Internacional, ex  Asesor de Política Exterior y Presidente del Centro de Estudios Estratégicos Asiáticos de Panamá (CEEAP)

Con motivo del aniversario 57 de la matanza del 9 de enero de 1964 por parte del Ejército de EUA, que produjo 24 muertos y 500 heridos panameños, es necesario develar información sobre supuestos “derechos de intervención” de Washington en nuestra Patria.

El Tratado Hay-Bunau Varilla de 18 de noviembre de 1903, impuesto a Panamá por EUA en inglés, sin ratificación por ningún órgano legislativo y sin que Panamá tuviese una Constitución, le “otorgaba” a EUA a perpetuidad el derecho de intervenir militarmente “en cualquier punto del territorio de la república” si, a juicio de esta potencia, se perturbara el orden constitucional.   Igual que la Enmienda DeConcini hace en el Tratado de Neutralidad de 1977.

Esa facultad – una Enmienda Platt panameña — la propuso el entonces diputado Manuel Amador Guerrero en la primera Convención Constituyente de febrero de 1904, motivo por el cual, a nuestro juicio, fue escogido primer presidente del país. Apareció como el Artículo 136 de la Constitución de ese año, y el mismo sirvió para encubrir múltiples intervenciones.  Manuel Amador Guerrero era empleado del Ferrocarril interoceánico, una empresa de Estados Unidos.

El 2 de marzo de 1936 se firmó el Tratado Arias-Roosevelt, subrogatorio del Tratado de 1903.  En aquél se obtienen algunas conquistas importantes.  Según se da a entender, el Tratado Arias-Roosevelt puso fin a la intervención de EUA y declaró que el Canal ya había sido construido, por lo cual cesaba la entrega sin límites por parte de Panamá a la potencia de tierras, aguas y tierras cubiertas por agua, con lo cual EUA aumentaba interminablemente el área de la Zona del Canal.

Sin embargo, este Tratado tenía un lado oscuro que aun hoy se desconoce.   Expliquemos.

Panamá ratificó el Tratado Arias-Roosevelt rápidamente.  No obstante, en EUA, el Senado se resistió durante tres años (1936-1939) a su aprobación, hasta tanto  se hicieran cambios fundamentales. 

Obviando el principio de que en tratados bilaterales no se admiten enmiendas unilaterales ni cambios que no se sometan al proceso de ratificación, Washington hizo que Panamá firmara un Canje de Notas mediante el cual se adoptaron tres compromisos que, en el fondo, contrariaban la letra del tratado principal y el espíritu del Buen Vecino que supuestamente lo inspiró.

Dicho Canje de Notas era SECRETO y jamás se le dio a conocer al pueblo panameño, a nuestras escuelas, a la universidad  o a la Asamblea Nacional.  Yo lo descubrí en 1964-65 en el curso de mis investigaciones cuando lo encontré en la obra del Dr. Diógenes A. Arosemena G. (Historia Documental del Canal de Panamá), mi entonces profesor en la Escuela de Diplomacia.

Observé que NO TENÍA FECHA, deliberadamente quizás para ocultar el hecho de no haber sido debatido por nuestra Asamblea Nacional y para no poner en duda su legalidad.  Para ser leal a la obra del Dr. Arosemena, fue reproducido SIN FECHA también en mi libro El Canal de Panamá, Calvario de un Pueblo (Madrid, 1972, 1974, pág. 296).  Descubrí que la fecha era e1 1 de febrero de 1939.

El Canje de Notas fue suscrito por Augusto S. Boyd, Embajador de Panamá en Washington, y Cordell Hull, Secretario de Estado de Estados Unidos.  Este hecho despertaba sospechas porque no le correspondía firmarlo al embajador sino a los negociadores del tratado de 1936: Ricardo J. Alfaro y Narciso Garay.

El primer punto establecía que la palabra “mantenimiento” usada en el Tratado “será entendida en el sentido de que permita construcciones y nuevas expansiones” cuando éstas se lleven a cabo por parte del Gobierno de EUA.

El segundo punto disponía que los ejercicios y maniobras militares fuera de la Zona del Canal serían para “proteger” la neutralidad del Canal.

El tercer punto estipulaba que, en caso de emergencia “tan súbita” que exija tomar acción imperativa de carácter preventivo para salvaguardar la neutralidad o seguridad del Canal” y, “si por razón de esta emergencia, sea imposible consultar con el Gobierno de Panamá, el Gobierno de EUA no necesita retrasar su acción”, aunque hará todo lo posible por consultarlo tan pronto fuese posible.

Con este acuerdo, redactado parcialmente en inglés (y sin versión equivalente en español), EUA pretendía construir y reconstruir permanentemente el Canal sin aprobación de Panamá.  En efecto, Washington intentó construir un Tercer Juego de Esclusas al iniciar la Segunda Guerra Mundial, sin conocimiento ni permiso de Panamá, iniciativa que fracasó por falta de recursos.

En el fondo, ello sería antijurídico porque EUA cambiaría el objeto y fin del Tratado, que se refiere a este Canal y no a otro (el reconstruido sería un Canal diferente).

Desconozco si los negociadores conocían o aprobaron dicho Canje de Notas.  Me inclino a pensar que el Dr. Alfaro (expresidente de Panamá y magistrado en la Corte Internacional de La Haya) sí estaría anuente, del mismo modo como aprobó, siendo Asesor del Canciller Fernando Eleta en 1966, la construcción de un Canal a Nivel por parte de Estados Unidos mediante un Canje de Notas.

Sostuve una polémica pública este último año con el Dr. Alfaro en la cual sostuve que un Canje de Notas no era el instrumento adecuado para el fin propuesto y que su utilización se debía a la necesidad de mantener en la ignorancia a nuestro pueblo y a la Asamblea Nacional.  El Dr. Alfaro me llamó para decirme que no podía seguir la polémica conmigo porque yo tenía razón, y el Canje de Notas Eleta-Adair se descartó, por lo que del Canal a Nivel no se echó ni la primera palada.

El Artículo 136 de 1904, conocido como “Panamá Cede”, se mantuvo vigente hasta que fue eliminado en la Constitución de 1946.  Por lo tanto, el mismo no podía ser invocado.

Pero, como cita el movimiento Ciudadanos Unidos por la Constituyente (CUCO) en reciente Comunicado, los representantes de EUA ante la Comisión Internacional de Juristas reunida en Ginebra para dilucidar los actos del 9 de enero, manifestaron lo siguiente:

“En el canje de notas de 1939, los EUA están facultados para invadir a Panamá, cada vez que… estimen que peligra el Canal, y el 9 de enero peligró el Canal e invadimos Panamá.”

El 9 de enero jamás estuvo en peligro el Canal, y no podía estarlo con una manifestación pacífica de estudiantes que no portaban armas y que acordaron entrar a la Zona del Canal con la cooperación de la Policía norteamericana.  Los “Zonians” y su colonialismo desoyeron y le impusieron a sus propias autoridades la represión y masacre del pueblo panameño.

Como siempre, los representantes del imperialismo mintieron.  La única vez que el Canal estuvo en peligro fue durante la invasión de 1989, por culpa de las fuerzas invasoras, tal como lo reconocieron las máximas autoridades del Canal, panameños y norteamericanos (Julio Yao, “Manfredo exonera a Noriega  ¡Casi destruyen el Canal!)”, ALAI-AMLATINA, 20 de diciembre de 2017).

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