La ley 7 de 1975 la cual crea las Juntas de Conciliación y Decisión a nivel nacional y está formado tripartitamente entre un funcionario de gobierno (presidente de junta) un representante de los empleadores y un representante de los trabajadores, estos son los que conforman un tribunal de justicia, para deslindar los despidos injustificados que hayan sido objeto los trabajadores, en caso tal no se haya cumplido con lo normado en el Código de Trabajo y contemplado las causas reales del despido.
Ahora bien, para poder ser juez se debe cumplir con ciertos requisitos adherido a la ley y su nombramiento es fijado por el Ministerio de Trabajo a través de una partida distinta a la planilla; ya que administrativamente esta la suple, sin embargo se rige por las estipulaciones del Órgano Judicial.
Nos referimos entonces a que estos funcionarios temporales como lo deben ser los representantes de los trabajadores y los de empleadores, ya que su periodo es trimestral, observamos ciertas fallas con referente a los que representan en esta entidad a los empleadores, ya que en varias ocasiones han sido nombrados y nunca han comparecido a sus funciones.
En verdad no sabemos qué medidas toma la Cámara de Comercio de las distintas provincias, la APEDE, el CONEP y el SIP, dado a que esto se sigue repitiendo constantemente en los distintos periodos y ya es un dilema sin resolver, perjudicando la instancia laboral en donde se imparte justicia, mermando su funcionamiento y dilatando los procesos que se presentan, ya que solo en la capital hay 11 juntas de conciliación y decisión y el resto está distribuido en las diferentes provincias, Bocas del Toro una Junta, Chiriquí dos Juntas, Colon una Junta, Coclé una Junta, Herrera una Junta, Veraguas una Junta y una especial en la ciudad de la Chorrera.
Que pareciera ser por parte de los empleadores una estrategia planificada y que sus representantes a pesar de ser en su mayoría abogados, no están capacitados para enfrentar los procesos judiciales con el debido discernimiento, de la sana critica y de la debida justicia, ya que en ocasiones salen a defender lo indefendible y a interpretar de una manera incorrecta el Código de Trabajo. Por tales razones, el CONATO y la CONUSI, han realizado varios diplomados en mediación y arbitraje, para consolidar a sus representados en las Juntas y que las justicia se haga en el debido proceso y derecho como siempre se han catalogado los trabajadores.
Ya que los empleadores alegan que ellos son los más capacitados para representar, sin embargo, son lo que a diario comenten errores y no compadecen a sus nombramientos, mientras los de los trabajadores dan cátedra en la materia laboral porque es el día a día en la producción y conoce aún más los criterios y procesos laborales.
por: Eloy Cruz.
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