Miguel Antonio Bernal liderará la comisión del Colegio de Abogados.

Ismael Gordón Guerrel
igordon@laestrella.com.pa

El Colegio Nacional de Abogados (CNA) se prepara para insistir en una reforma a la Constitución de 1972, y no un ‘quinto parche’.

El gremio ya emprendió el camino para llamar a una asamblea constituyente que revise ‘a profundidad’ la carta magna, tal como se comprometió en campaña el presidente de la República, Juan Carlos Varela durante la campaña política.

En junta directiva el lunes, el CNA designó al abogado constitucionalista Miguel Antonio Bernal para que encabece la comisión del CNA para insistir en la convocatoria a una Asamblea Constituyente.

La comisión del CNA estará integrada, además por el presidente del gremio, José Alberto Álvarez, y el catedrático Vicente Archibold.

El organismo empezó a actuar tras el anuncio del presidente Varela de que ‘durante el próximo año se trabajará una hoja de ruta de forma y de fondo para hacer reformas que son necesarias a la Constitución’. Varela adelantó esta intención en su discurso de rendición de cuentas el 1 de julio pasado.

La promesa está consignada también en el plan de Gobierno de Varela. El numeral 9, denominado ‘Constituyente, separación de poderes y descentralización’, se señala que se pretende ‘convocar a una asamblea constituyente paralela dentro de los dos primeros años de gobierno para fortalecer la separación de poderes…’.

Por lo pronto, explicó José Albero Álvarez, la comisión realizará encuentros y debates para que los panameños ‘analicen los argumentos que tienen los parcheros’, refiriéndose a quienes sólo piensan en reformas parciales al texto constitucional.

‘No estamos promoviendo un parche a la Constitución que salga, no sé de qué recámara’, insiste el presidente del Colegio de Abogados.

El artículo 314 de la propia Carta Magna vigente señala la asamblea constituyente paralela como un método para su modificación.

Aunque algunos sectores así lo reclaman, la asamblea constituyente originaria no está contemplada como método para la modificación de la Constitución Política de la República.

La propia Constitución contempla tres vías para convocar una asamblea constituyente paralela.

La primera sería por llamado del Órgano Ejecutivo, que debe ser ratificado por la mayoría absoluta del Órgano Legislativo.

También podría ser convocada por el Órgano Legislativo con el voto favorable de dos terceras partes de sus miembros, es decir, 46 diputados.

El último método para la convocatoria sería por iniciativa ciudadana, la cual, según dispone la norma, deberá ser acompañada por las firmas de al menos el 20% de los integrantes del Registro Electoral correspondiente al 31 de diciembre del año anterior a la solicitud.

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