Editorial 21

En el marco de las relaciones colectivas de trabajo, las “sociedades democráticas” reconocen a la libertad de sindicación y asociación y al derecho a la negociación colectiva como derechos básicos fundamentales, reflejando el carácter central y equilibrador de las organizaciones estrictamente sociales y de sus medios de acción.

El carácter de derecho humano fundamental como máxima expresión de las relaciones colectivas, la negociación colectiva a través de la libre organización sindical, refleja la importancia en la sociedad del derecho del trabajo. De hecho en la mayor parte de las constituciones modernas, estos derechos aparecen junto al derecho a la vida, a la propiedad como a la libertad de domicilio.

En efecto, este reconocimiento al más alto nivel del derecho colectivo del trabajo, implica en sí, la importancia central de la acción colectiva laboral para conseguir los fines sociales del ser humano y por ende de la comunidad.

En nuestro país Panamá, la Libertad Sindical es un derecho formal y reconocido en la legislación laboral al más alto nivel (La Constitución Política), dotándole de rango de derecho humano y reconociendo su vinculación con la propia existencia de la democracia formal representativa sustentada por la burguesía nacional.

No obstante, la Libertad Sindical se ve afectada en su aplicación práctica, constatándose el aumento del número de quejas y demandas nacionales e internacionales por vulneraciones a sus contenidos básicos, los empresarios panameños tiene una espada de Damocles sobre los trabajadores, que al momento de originarse sindicalmente le cae la espada del despido.

Sin embargo, ellos se organizan para defender sus intereses económicos y muchas veces para frenar las sindicaciones de los trabajadores.

Prueba de esta persecución se refleja en las tasas mínimas de afiliación a las organizaciones de trabajadores, que llegan a menos de un 13% con relación a la Población Económicamente Activa (PEA)), así como una tendencia a la fragmentación sindical.

A esta situación se suma la tendencia cada vez mayor de trabajadores “desorganizados”, en el sector no estructurado de la economía, precariedad laboral, tercerizaciones, informalidades, etc.), que se ven privados en la práctica de los beneficios de libre asociación, de la negociación colectiva y de la seguridad social.

Reconocemos la situación de debilitamiento en materia de libertad sindical y denuncia la persecución de empresarios y gobierno contra los trabajadores cuando le asiste su derecho de organizarse sindicalmente.

La Central Nacional de Trabajadores de Panamá, pese a ello, ponderamos el papel actual de las organizaciones sindicales que están comprometidas con el espíritu de lucha de un mejor Panamá, donde juegan un papel histórico en el país, lo cual luchan por el fortalecimiento de la democracia y de los derechos de los trabajadores, en defensa de los activos nacionales que generan empleos, contribuyendo así al sostenimiento de los grandes equilibrios sociales, a la obtención de los consensos y la cohesión social.

Panamá, 17 de noviembre de 2016
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